Muchas personas vienen a los Estados Unidos porque tiene miedo de volver a su país de origen. Ante esta situación una persona puede aplicar a asilo antes USCIS llamado asilo afirmativo o antes la Corte de Inmigración, llamado asilo defensivo. Quién reciben asilo o estatus de refugiado recibe una protección legal especial bajo la leyes de inmigración de los Estados Unidos.

Si usted cree que es elegible para asilo consulte a Una Abogada Latina en Nueva York.

Solicitud del estatus de refugiado

Para solicitar asilo o refugio usted debe presentar una forma especial y acompañar su solicitud de tantas pruebas como sea posible. Se puede aplicar a asilo en la frontera, en el aeropuerto de EE. UU. y dentro de los Estados Unidos después de entrar con una visa.

Aquí es importante considerar que las personas que entran ilegalmente a los Estados Unidos pueden terminar terminar arrestadas en un centro de detención, mientras esperan a que se realiza una entrevista de miedo creible o una audiencia ante un juez de inmigración.

¿Un oficial de inmigración puede aprobar su solicitud de asilo?

No, ni un oficial de asilo ni un oficial de deportación tienen el poder de aprobar su solicitud de asilo. Estos oficiales sólo participan parcialmente en el proceso, entre otros, para decidir si realmente parece que el detenido tiene miedo de volver a su país por existir un riesgo de persecución y, por lo tanto, merecen que un juez de inmigración escuche su caso. Si el entrevistado convence al oficial de asilo de que tiene un temor real, o al menos creíble de persecución, se tendrá la oportunidad de presentarse ante un juez de inmigración.

Solicitar asilo en los EE. UU.

Si una persona entrega legalmente a los Estados Unidos, o logra pasar con éxito una frontera o punto de entrada, tendrá más tiempo para solicitar asilo. Una persona puede tomarse hasta un año después de ingresar al país para comenzar el proceso. (Si la fecha límite ya pasó, hable con un abogado; existen excepciones y USCIS puede mostrar indulgencia cuando se trata de la fecha límite).

La solicitud

El primer paso para solicitar asilo es completar el Formulario I-589 de USCIS y enviarlo por correo a USCIS junto con otros documentos, pruebas, que se le pedirán que proporcione. Uno de los documentos más importantes es una declaración jurada que debe contener detalles de su caso y las razones por las que solicita asilo. Con respecto a la tarifa del gobierno, en el caso del asilo no no hay tarifa para presentar el Formulario I-589.

Muchas personas se preguntas si pueden presentar una petición de asilo sin pruebas. Una perona bien asesorada por una abogado si puede presenta petición de asilo con poca documentación. En este escenario, se deben demostrar las condiciones del país de origen del aplicante y las circumstancias en las que huyó.

Luego de presentarse la solicitud, se programará una entrevista en una oficina de asilo de USCIS. La espera para una entrevista de asilo puede ser de muchos años, dependiendo de la región. Sin embargo, mientras una persona espera, puede solicitar un permiso de trabajo. Para tener una buena entrevista lo mejor es prepararse, para esto, un abogado puede ayudarlo a prepararse para su entrevista e incluso asistir con usted. Si no habla inglés, usted puede estar acompañado de un intérprete durante la entrevista.

¿Qué pasa si niegan el caso?

Si el juez niega su solicitud de asilo, esta decisión se puede apelar, primero ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) y luego ante un tribunal federal de apelaciones, incluso hasta la Corte Suprema de los EE. UU., si decide que quiere escuchar su caso.

Cómo obtener ayuda con una solicitud de asilo

La solicitud de asilo es un proceso complejo, por ello, es importante estar bien asesorado. Los formularios I-589 son solo el comienzo. La clave está en presentar un caso convincente de lo que le sucedió y poder presente un caso convicente durante la entrevista también.

Lo mejor es contratar a un abogado, si es posible, para que lo ayude con la solicitud de asilo y el proceso de revisión. Para obtener información detallada sobre las protecciones de asilo contacte a Una Abogada Latina en Nueva York, a traves de esta página web o comunicandose al +1 347 329 3952!